La Corte es clara en afirmar en su decisión que “este proceso no requiere ningún formalismo”, aclarando que está totalmente prohibido obligar a las personas a que resuelvan su situación de inmediato. Igualmente se señala en la respuesta en el estudio de una demanda contra la Ley 48 de 1993, que reglamenta el servicio de reclutamiento y movilización, que no se pueden conducir a estas personas a centros de cuarteles o distritos, ni mucho menos su detención por largos periodos de tiempo por parte de las autoridades, las cuales no pueden someterlos a que se practiquen los exámenes para su ingreso a las Fuerzas Militares.
“No puede implicar la conducción del ciudadano a cuarteles o distritos militares y su retención por autoridades militares por largos periodos de tiempo, con el propósito no solo de obligarlo a inscribirse, sino de someterlo a exámenes y si resulta apto finalmente incorporarlo a filas”, dice la sentencia C-879 de 2011
El alto tribunal advierte que si la Ley se entendiera como una facultad para que las autoridades militares llevaran a los jóvenes a guarniciones militares, se incurriría en detenciones arbitrarias prohibidas por la Constitución.
Sin embargo, se aclara que cuando el ciudadano ya se inscribió y superó todas las pruebas de aptitud y el sorteo, y fue citado a concentración pero no se presentó, en este caso las autoridades sí pueden conducirlo para que cumpla con su obligación de prestar el servicio militar.
Tomado de: www.elespectador.com



